ESTO dura la vigencia del seguro en el IMSS tras quedarse sin trabajo

Contar con seguro por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una de las mayores garantías para los trabajadores en el país. Este derecho no solo da acceso a servicios médicos para quienes están registrados formalmente en su empleo, sino que también incluye una serie de prestaciones que fortalecen la seguridad social del trabajador, así como de su familia. Entre los beneficios también se encuentra la posibilidad de recibir incapacidades en caso de enfermedad, obtener licencias por maternidad, contar con pensión por retiro o invalidez, y tener acceso a medicamentos. Además, la afiliación respalda en caso de accidentes laborales, lo que es importante para mantener la tranquilidad y la estabilidad económica en situaciones imprevistas.
Cuando una persona se queda sin empleo, es casi seguro que se pregunte ¿durante cuánto tiempo puedo continuar recibiendo atención médica? ¿Cuánto dura la vigencia del seguro del IMSS si me quedé sin trabajo?
Se debe tener claro que cuando un trabajador pierde su empleo, también es dado de baja del sistema del IMSS. No obstante, la vigencia del seguro no desaparece en ese momento. Existe un periodo durante el cual la persona puede seguir accediendo a los servicios médicos, lo que permite contar con tiempo para resolver su situación laboral sin quedar desprotegido.
No te pierdas: ¿Se puede obtener descuento en el recibo de luz con la tarjeta del Inapam?La información oficial del IMSS, según el artículo 109 de la Ley del Seguro Social, indica que al momento de la baja, el extrabajador conserva el derecho a recibir atención médica durante un periodo de hasta ocho semanas. Este derecho aplica siempre y cuando la persona haya trabajado al menos ese mismo periodo de tiempo -o más- de forma continua e inmediata antes de la baja. Es decir, si el trabajador tenía una relación laboral vigente durante los últimos dos meses previos a quedar desempleado, podrá seguir utilizando los servicios médicos del IMSS durante las siguientes ocho semanas.
Textualmente, la ley marca que "El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios".
Como se mencionó, el beneficio también se extiende a los miembros de su familia que hayan sido dados de alta durante el periodo activo en el empleo. Es decir, si el trabajador registró a su pareja, hijos u otros familiares en su seguro, ellos también conservarán el derecho a recibir atención médica durante ese mismo periodo posterior a la baja.

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